Centro especial de empleo
Castilla-La Mancha
Empresa
MULTI GESTIÓN INTEGRA
¿QUÉ ES?
Un centro especial de empleo
LA LEY LISMI
Ley de Integración Social de minusválidos
Es la ley de integración social del minusválido ley 13/1982 de 7 de abril, que establece para las empresas públicas y privadas, con una plantilla superior a 50 trabajadores, la obligación de contratar a un número de trabajadores con discapacidad no inferior al 2%
MEDIDAS ALTERNATIVAS
Opción que ofrece la LEY LISMI
La Ley
FORMAS DE CUMPLIR
1. La celebración de un contrato con un Centro Especial de Empleo ( CEE) para el suministro de bienes necesarios para el normal desarrollo de la actividad de la empresa.
2. La celebración de un contrato con un Centro Especial de Empleo ( CEE) para la prestación de servicios ajenos y accesorios a la actividad de la empresa.
3. Realización de donaciones y patrocinios de carácter monetario, destinados a la inserción laboral y creación de empleos de personas con discapacidad.
El importe anual de los contratos mercantiles o civiles con Centros Especiales de Empleo tiene que ser, al menos, tres veces el IPREM anual por cada trabajador con discapacidad dejado de contratar por debajo de la cuota del 2%.
Ventajas
DE NUESTROS SERVICIOS
- Realizamos un estudio técnico, para el cumplimiento de la L.I.S.M.I, especifico a cada cliente y a cada uno de los centros y/o instalaciones que de éste se deriven.
- Evita cuantiosas sanciones (hasta 6.000 euros por persona con discapacidad no contratada y año).
- Le asesoramos en los trámites para la obtención del certificado de excepcionalidad necesarios para superar los requisitos que marca la ley.
- Nos adaptamos a las necesidades de nuestros clientes.
- Prestamos un servicio especializado muy competitivo en calidad y precio.
- Hacemos participe a nuestros clientes de nuestra labor social a favor de la integración socio-laboral de personas con discapacidad.
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